Guía Informativa · Actualizada 2026

Herencias en la Comunidad Valenciana: Todo lo que Necesitas Saber

Gestionar una herencia en Valencia implica trámites ante notaría, Hacienda autonómica y, si hay inmuebles, el Registro de la Propiedad. La buena noticia: la Comunitat Valenciana aplica bonificaciones del 75% al 99% en el Impuesto de Sucesiones para herederos directos. La mala: esas bonificaciones no se aplican solas, y el plazo para liquidar es de 6 meses.

Bonificaciones del Impuesto de Sucesiones en la Comunitat Valenciana

El Impuesto de Sucesiones (ISD) es un tributo cedido a las comunidades autónomas, lo que significa que cada comunidad tiene sus propias bonificaciones. La CV está entre las más favorables de España para herederos directos.

99%
Grupo I
Descendientes menores de 21 años
Patrimonio preexistente del heredero: menos de 2.000.000€
75%
Grupo II
Hijos ≥21 años, cónyuge, padres
La bonificación más habitual: familias nucleares, herencias frecuentes
50%
Grupo III
Hermanos, tíos, sobrinos (2º-3º grado)
Bonificación significativa, pero menor. El resto tributa al tipo general.
info

Importante: las bonificaciones no son automáticas

Hay que solicitarlas expresamente al liquidar el impuesto, acreditando el grado de parentesco y el patrimonio preexistente del heredero. Un error en la liquidación puede suponer perder la bonificación por completo.Ver guía completa de bonificaciones →

Tipos de Herencia más Habituales en Valencia

El proceso varía mucho según si hay testamento, si hay inmuebles o si se trata de una donación en vida.

description

Herencia con testamento

El causante dejó testamento notarial. Es el escenario más ordenado: el notario entrega copia autorizada a los herederos nombrados y el proceso parte de ahí. Aun así, hay que liquidar el impuesto, aceptar la herencia y, si hay inmuebles, inscribirlos.

gavel

Herencia sin testamento

No hay testamento. Antes de cualquier trámite fiscal hay que hacer la declaración de herederos ab intestato ante notario. Solo entonces se puede saber quién hereda y en qué proporción. El proceso es más largo, pero fiscalmente igual.

home

Herencia con inmuebles

Si la herencia incluye pisos, terrenos o locales en Valencia, hay que inscribir el cambio de titularidad en el Registro de la Propiedad. También hay que liquidar la plusvalía municipal. Dos trámites adicionales que tienen plazos propios.

volunteer_activism

Donación en vida

El donante transmite bienes (dinero, inmuebles, acciones) en vida. Tributa igualmente por el ISD, pero con ventajas fiscales propias en la CV. Muy útil para la planificación patrimonial entre padres e hijos.

Plazos y Proceso: de la Defunción al Registro

El trámite de una herencia tiene un ritmo marcado por los plazos legales. El más crítico es el del impuesto: 6 meses desde el fallecimiento, con posibilidad de prórroga si se solicita antes de que venza.

1
Mes 1-2

Obtener certificado de defunción, de últimas voluntades y de contratos de seguro de vida.

2
Mes 2-3

Si hay testamento: solicitar copia al notario. Si no hay: declaración de herederos ab intestato.

3
Mes 3-4

Inventario completo de bienes y deudas. Valoración de inmuebles y activos financieros.

4
Mes 4-5

Redacción del cuaderno particional y firma de la escritura de aceptación ante notario.

5
Antes del mes 6

Liquidación del Impuesto de Sucesiones ante la Conselleria d'Hisenda de la GVA. Plazo improrrogable salvo solicitud expresa.

6
Mes 6-8

Inscripción de inmuebles en el Registro de la Propiedad y cambio de titularidad en cuentas y valores.

¿Necesitas más tiempo? Se puede solicitar una prórroga de 6 meses adicionales para liquidar el impuesto, pero la solicitud debe presentarse antes de que venza el plazo inicial (dentro de los primeros 5 meses desde el fallecimiento). Pasado ese momento, solo caben recargos.

Documentación que Necesitarás

Reunir toda la documentación desde el principio ahorra semanas de trámite. Esta es la lista habitual para una herencia estándar en la Comunitat Valenciana.

check_circleCertificado de defunción (Registro Civil)
check_circleCertificado de últimas voluntades (Ministerio de Justicia)
check_circleCertificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento
check_circleCopia del testamento (notaría) o declaración de herederos ab intestato
check_circleDNI del fallecido y de todos los herederos
check_circleEscrituras de inmuebles y notas simples del Registro de la Propiedad
check_circleCertificados bancarios de saldos a fecha de fallecimiento
check_circleDocumentación de vehículos, acciones o participaciones societarias
check_circleFacturas de gastos de última enfermedad y entierro (deducibles)

* En herencias con inmuebles arrendados, participaciones en empresas o cuentas en el extranjero pueden requerirse documentos adicionales.

¿Vale la pena contratar a un especialista en herencias?

La respuesta honesta: depende de la herencia. Si es una cuenta bancaria de poco importe entre dos herederos directos, probablemente puedas gestionarlo tú mismo con paciencia. Pero si hay un inmueble, varios herederos, deudas o cualquier complicación, los errores en la liquidación pueden salir muy caros.

Los errores más habituales que vemos en Martín Assessors cuando alguien llega después de haber intentado gestionarlo solo: aplicar una bonificación incorrecta (o no aplicarla), no valorar correctamente los bienes (Hacienda puede comprobar y girar una paralela), olvidar declarar algún activo, o perder el plazo de los 6 meses sin haber solicitado prórroga.

Con un especialista, el coste de la gestoría suele recuperarse con creces en el ahorro fiscal. En herencias medianas (un piso y algo de dinero), una correcta aplicación de bonificaciones puede suponer una diferencia de10.000€ a 30.000€ en el impuesto a pagar.

En Martín Assessors llevamos más de 15 años gestionando herencias y donaciones en la Comunitat Valenciana. No somos una gestoría generalista que "también hace herencias": es nuestra especialidad principal. Conocemos cada bonificación, cada plazo y cada particularidad de la normativa autonómica valenciana.

Preguntas Frecuentes sobre Herencias en la Comunidad Valenciana

¿Cuánto tiempo hay para liquidar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana?expand_more
El plazo es de 6 meses desde el fallecimiento. Se puede solicitar una prórroga de otros 6 meses antes de que venza el plazo inicial. Pasado ese tiempo, Hacienda aplica recargos e intereses de demora. Es uno de los errores más frecuentes: no solicitar la prórroga a tiempo cuando la herencia es compleja.
¿Qué bonificación se aplica a los hijos en el Impuesto de Sucesiones de la CV?expand_more
Depende de la edad. Los hijos menores de 21 años aplican la bonificación del Grupo I: hasta el 99%. Los hijos mayores de 21 años, junto con el cónyuge y los padres, pertenecen al Grupo II: bonificación del 75%. En ambos casos, el patrimonio preexistente del heredero debe ser inferior a 2.000.000€ para tener derecho a la bonificación.
¿Qué pasa si fallece alguien sin testamento en la Comunidad Valenciana?expand_more
Si no hay testamento se abre la sucesión intestada: los herederos deben obtener una declaración notarial de herederos ab intestato. El orden legal de herencia es: descendientes, ascendientes, cónyuge, colaterales (hermanos, sobrinos) y, en último término, el Estado. El trámite es más lento que con testamento, pero el resultado fiscal es el mismo.
¿Cuánto cuesta tramitar una herencia en Valencia con una gestoría?expand_more
Los honorarios de la gestoría dependen de la complejidad de la herencia (número de herederos, tipo de bienes, si hay inmuebles...). A eso se suman los costes de notaría, registro e impuesto. En una herencia media (un piso y algo de dinero entre dos o tres herederos directos) el coste total suele moverse entre 1.500€ y 3.500€, incluidos todos los gastos. Con las bonificaciones de la CV, el impuesto en sí puede ser casi cero para herederos directos.
¿Qué diferencia hay entre heredar y recibir una donación?expand_more
En ambos casos se tributa por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, pero los plazos y las bonificaciones varían. La donación se liquida en el momento de la transmisión en vida; la herencia, tras el fallecimiento. En la CV, la donación entre padres e hijos también tiene bonificación del 75%, pero la base liquidable se calcula de forma diferente. A veces conviene más donar en vida; otras, esperar. Depende del patrimonio y de la situación familiar.
¿Puedo renunciar a una herencia en la Comunidad Valenciana?expand_more
Sí. La renuncia puede ser pura y simple (se rechaza todo sin condiciones) o en favor de persona determinada (que en realidad es una aceptación con posterior transmisión). Si la herencia tiene más deudas que activos, renunciar es la opción correcta. El trámite se hace ante notario y es irrevocable. Antes de renunciar, conviene revisar bien el inventario de bienes y deudas.

¿Necesitas Asesoramiento Fiscal, Contable o Laboral en L'Alcúdia?

Ofrecemos una auditoría inicial gratuita para analizar la situación actual y recomendar las mejores soluciones. Sin compromiso.

📍 Carrer Joan Baptista Osca, 12, BAJO IZQ, 46250 L'Alcúdia, València
🕐 Lunes a Viernes 9:00-13:30, Martes y Jueves 16:00-19:00